Micelio
Auto16 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Tercero Penal municipal con funciones de control de garantías de Ipiales (Nariño).

Ante el precitado despacho se llevaron a cabo las audiencias concentradas de legalización de orden de registro y allanamiento, legalización del procedimiento de registro e incautación de elementos materiales probatorios y legalización de captura de una ciudadana, frente a la cual su defensor adujo que el juez carecía de competencia, porque su defendida pertenecía al cabildo indígena de Yaramal.

Aparte de lo anterior, aportó un documento suscrito por el gobernador de dicho resguardo, en el que solicitaba la suspensión de las actuaciones adelantadas en dicho proceso en la jurisdicción ordinaria y el envío del mismo a su jurisdicción.

La fiscal 52 Especializada de la Dirección contra el Narcotráfico de Popayán se opuso a lo anterior y el operador jurídico sostuvo que en la etapa de control de garantías no es dable controvertir la competencia para conocer el caso, pues esta será una materia sobre la que debe pronunciarse el juez de conocimiento.

No obstante, procedió a remitir el expediente a la autoridad judicial competente para dirimir la controversia suscitada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un conflicto interjurisdiccional, la Corte constató que no se satisfizo el primero y, por ello, se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Tercero Penal municipal con funciones de control de garantías de Ipiales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia dentro del proceso penal con radicado 110016099144202100382.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1091 al Juzgado
  3. Tercero. Penal municipal con funciones de control de garantías de Ipiales (Nariño) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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